ARTÍCULO 48.
La calificación mínima total de los factores escalafonarios para aprobar el concurso será de setenta puntos sobre cien y la vacante se otorgará al trabajador que, habiendo aprobado, obtenga la más alta calificación.
En igualdad de condiciones, el ascenso será otorgado al trabajador de mayor antigüedad.
Si persistiera el empate, una vez confrontadas las antigüedades, tendrá prioridad para el ascenso el trabajador que acredite ser la única fuente de ingresos en su familia y cuando existan varios en esta situación, se preferirá al que demuestre mayor tiempo de servicios prestados dentro de la misma unidad burocrática.
Estructura Reglamento de Escalafón de la Secretaría de Gobernación