Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Artículo 48

ARTÍCULO 48. El Comité de Infraestructura será presidido por el Titular del Ramo y se integrará, además, con los Subsecretarios de Infraestructura, de Transporte, de Comunicaciones, el Oficial Mayor; los Coordinadores Generales de Puertos y Marina Mercante, y de Centros SCT, así como por el Coordinador de Asesores del Secretario, y por el Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos.