ARTÍCULO 14. La Dirección General Adjunta Operativa tendrá las siguientes atribuciones:
I. Auxiliar al Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos en la fijación de las bases de los convenios y contratos en que sea parte la Secretaría, así como en la dictaminación sobre su suspensión, rescisión, terminación, nulidad y demás efectos jurídicos;
II. Proporcionar asesoramiento a las unidades administrativas de la Secretaría en la revisión que lleven a cabo éstas de los convenios y contratos que deban suscribir, conforme a las bases previamente establecidas;
III. Asesorar a las unidades administrativas de la Secretaría en la revisión que lleven a cabo de las escrituras constitutivas de contratistas y proveedores, así como los documentos que acrediten la personalidad de éstos o de sus representantes en materia de contratos y convenios;
IV. Revisar desde el punto de vista jurídico las bases y contenido de las garantías que deban constituirse para el cumplimiento de las obligaciones o trámites de contratos y convenios;
V. Supervisar y coordinar el ejercicio y funciones del personal técnico de las áreas jurídicas adscritas a las unidades administrativas de la Secretaría, en materia de contratos y convenios, y
VI. Asesorar en materia jurídica en los procedimientos de licitaciones públicas que instauren las unidades administrativas de la Secretaría, para la adjudicación de contratos.
Structure Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes