Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Artículo 14

ARTÍCULO 14. La Dirección General Adjunta Operativa tendrá las siguientes atribuciones:

I. Auxiliar al Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos en la fijación de las bases de los convenios  y contratos en que sea parte la Secretaría, así como en la dictaminación sobre su suspensión, rescisión, terminación, nulidad y demás efectos jurídicos;

II. Proporcionar asesoramiento a las unidades administrativas de la Secretaría en la revisión que lleven a cabo éstas de los convenios y contratos que deban suscribir, conforme a las bases previamente establecidas;

III. Asesorar a las unidades administrativas de la Secretaría en la revisión que lleven a cabo de las escrituras constitutivas de contratistas y proveedores, así como los documentos que acrediten la personalidad de éstos o de sus representantes en materia de contratos y convenios;

IV. Revisar desde el punto de vista jurídico las bases y contenido de las garantías que deban constituirse para el cumplimiento de las obligaciones o trámites de contratos y convenios;

V. Supervisar y coordinar el ejercicio y funciones del personal técnico de las áreas jurídicas adscritas a las unidades administrativas de la Secretaría, en materia de contratos y convenios, y

VI. Asesorar en materia jurídica en los procedimientos de licitaciones públicas que instauren las unidades administrativas de la Secretaría, para la adjudicación de contratos.