Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Artículo 45

ARTÍCULO 45. Las funciones de enlace entre los Centros SCT y las unidades administrativas centrales se llevarán a cabo a través de la Coordinación General de Centros SCT, la cual además de las facultades y atribuciones contenidas en el artículo 6o. de este Reglamento, tiene las siguientes:

I. Participar, en coordinación con las unidades administrativas correspondientes, en la definición de los programas y proyectos de los Centros SCT, así como en la elaboración del anteproyecto de presupuesto de los mismos, y

II. Establecer los lineamientos para la coordinación de acciones de los Centros SCT con otras representaciones federales, gobiernos estatales y municipales, así como con los sectores social y privado,  a fin de instrumentar los programas del Sector.