Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Artículo 26

ARTÍCULO 26. La Coordinación de la Sociedad de la Información y el Conocimiento tendrá el ejercicio de las siguientes atribuciones:

I. Será responsable de los programas, recursos, acuerdos, convenios y compromisos adquiridos y por adquirir, nacionales de carácter federal y externos de carácter internacional referentes a la Sociedad de la Información y el Conocimiento;

II. Proponer y conducir las políticas para el desarrollo, implantación y coordinación del Sistema Nacional  e-México, de conformidad con las normas y los instrumentos programáticos en la materia, para llevar a México hacia la Sociedad de la Información y el Conocimiento;

III. Promover el acceso universal a los servicios de la Sociedad de la Información y del Conocimiento a través de la promoción y difusión, de la capacitación y la adopción del uso de dichas tecnologías;

IV. Formular y proponer las estrategias, programas y proyectos del Sistema Nacional e-México para la Sociedad de la Información y el Conocimiento;

V. Coordinar las actividades de las dependencias, las entidades y, en general, de todos los agentes participantes en el Sistema Nacional e-México, a fin de dar cumplimiento a las normas e instrumentos programáticos relativos a la sociedad de la información y del conocimiento, así como promover la inclusión de nuevos integrantes;

VI. Proponer proyectos específicos para ser integrados al Sistema Nacional e-México, particularmente en materia de conectividad, sistemas y contenidos, así como vigilar su debida ejecución una vez aprobados y coadyuvar en el desarrollo de las infraestructuras de Tecnologías de la Información y el Conocimiento en los gobiernos, la academia y la industria;

VII. Promover sinergias en el desarrollo de proyectos y en la conjunción de recursos que se requieran para ser integrados al Sistema Nacional e-México, conforme a los programas, las estrategias y las políticas aplicables de la Sociedad de la Información y el Conocimiento;

VIII. Contribuir al mejoramiento del uso y aprovechamiento de las telecomunicaciones en relación con las tecnologías de la sociedad de la información y del conocimiento entre las dependencias de la Administración Pública Federal, y entre ésta y los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, así como con la población en general, conforme a los programas, estrategias, políticas y convenios, dentro del marco del Sistema Nacional e-México;

IX. Participar en foros nacionales e internacionales, así como en la negociación de instrumentos jurídicos, en coordinación con las autoridades competentes, en materia de las tecnologías de la sociedad de la información y del conocimiento, y

X. Promover y coordinar estudios, investigaciones y acciones que coadyuven al desarrollo y adopción de las tecnologías de la sociedad de la información y del conocimiento así como su alfabetización, adopción  y apropiamiento, para su uso y culturización.

El Coordinador de la Sociedad de la Información y el Conocimiento, se auxiliará por los servidores públicos que se señalen en los manuales de organización respectivos y en las disposiciones aplicables, así como por aquellos que la necesidad del servidor requiera y que figuren en el presupuesto autorizado.