Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Artículo 2o

ARTÍCULO 2o. Para el despacho de los asuntos que le competen, la Secretaría contará con los siguientes servidores públicos, unidades administrativas, órganos administrativos desconcentrados y Centros SCT:

I.          Secretario;

II.        Subsecretario de Infraestructura;

III.       Subsecretario de Transporte;

IV.        Subsecretario de Comunicaciones;

V.         Oficial Mayor;

VI.        Coordinador General de Puertos y Marina Mercante;

VII.      Coordinador General de Centros SCT;

VIII.     Unidad de Asuntos Jurídicos;

VIII.1.  Dirección General Adjunta de Procesos Contenciosos;

VIII.2.  Dirección General Adjunta Normativa;

VIII.3.  Dirección General Adjunta Operativa;

IX.        Dirección General de Planeación;

X.         Unidad de Tecnologías de Información y Comunicaciones;

XI.        Dirección General de Comunicación Social;

XII.      Dirección General de Carreteras;

XIII.     Dirección General de Conservación de Carreteras;

XIV.      Dirección General de Servicios Técnicos;

XV.       Dirección General de Desarrollo Carretero;

XVI.      Dirección General de Aeronáutica Civil;

XVI.1.   Dirección General Adjunta de Transporte y Control Aeronáutico;

XVI.2.   Dirección General Adjunta de Seguridad Aérea;

XVI.3.   Dirección General Adjunta de Aviación;

XVI.4.   Dirección de Verificación Aeroportuaria;

XVI.5.   Dirección de Análisis de Accidentes e Incidentes de Aviación;

XVI.6.   Dirección de Aeropuertos;

XVI.7.   Dirección General Adjunta Técnica;

XVI.8.   Dirección de Control;

XVI.9.   Dirección de Desarrollo Estratégico;

XVI.10. Dirección de Administración de la Dirección General de Aeronáutica Civil;

XVI.11. Dirección de Tarifas de la Dirección General de Aeronáutica Civil;

XVII.    Dirección General de Autotransporte Federal;

XVII.1. Dirección General Adjunta de Planeación y Desarrollo;

XVII.2. Dirección Jurídica;

XVII.3. Dirección de Supervisión de Autotransporte Federal;

XVII.4. Dirección de Normatividad;

XVII.5. Dirección de Sistemas y Operación;

XVIII.   Dirección General de Transporte Ferroviario y Multimodal;

XVIII.1.     Dirección General Adjunta de Regulación Económica;

XVIII.2.     Dirección de Tarifas de la Dirección General de Transporte Ferroviario y Multimodal;

XVIII.3.     Dirección de Regulación Técnica Operativa de Transporte Ferroviario;

XVIII.4.     Dirección de Coordinación y Transporte Multimodal;

XVIII.5.     Dirección de Administración de la Dirección General de Transporte Ferroviario  y Multimodal;

XIX.      Dirección General de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte;

XX.       Dirección General de Política de Telecomunicaciones y de Radiodifusión;

XXI.      Coordinación de la Sociedad de la Información y el Conocimiento;

XXII.    Dirección General de Puertos;

XXIII.   Dirección General de Marina Mercante;

XXIII.1.     Capitanías de Puerto;

XXIII.2.     Dirección General Adjunta de Protección y Seguridad Marítima;

XXIII.3.     Dirección de Supervisión Operativa de las Capitanías;

XXIII.4.     Dirección de Registro y Programas;

XXIV.    Unidad de Planeación Estratégica Marítimo Portuaria;

XXV.     Dirección General de Fomento y Administración Portuaria;

XXVI.    Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto;

XXVII.  Dirección General de Recursos Humanos;

XXVIII. Dirección General de Recursos Materiales;

XXIX.    Dirección General de Evaluación;

XXX.     Comisión Federal de Telecomunicaciones;

XXXI.    Instituto Mexicano del Transporte;

XXXII.  Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano, y

XXXIII. Centros SCT.

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes contará con un órgano interno de control, que se regirá conforme al artículo 8o. de este Reglamento.