ARTÍCULO 2o. Para el despacho de los asuntos que le competen, la Secretaría contará con los siguientes servidores públicos, unidades administrativas, órganos administrativos desconcentrados y Centros SCT:
I. Secretario;
II. Subsecretario de Infraestructura;
III. Subsecretario de Transporte;
IV. Subsecretario de Comunicaciones;
V. Oficial Mayor;
VI. Coordinador General de Puertos y Marina Mercante;
VII. Coordinador General de Centros SCT;
VIII. Unidad de Asuntos Jurídicos;
VIII.1. Dirección General Adjunta de Procesos Contenciosos;
VIII.2. Dirección General Adjunta Normativa;
VIII.3. Dirección General Adjunta Operativa;
IX. Dirección General de Planeación;
X. Unidad de Tecnologías de Información y Comunicaciones;
XI. Dirección General de Comunicación Social;
XII. Dirección General de Carreteras;
XIII. Dirección General de Conservación de Carreteras;
XIV. Dirección General de Servicios Técnicos;
XV. Dirección General de Desarrollo Carretero;
XVI. Dirección General de Aeronáutica Civil;
XVI.1. Dirección General Adjunta de Transporte y Control Aeronáutico;
XVI.2. Dirección General Adjunta de Seguridad Aérea;
XVI.3. Dirección General Adjunta de Aviación;
XVI.4. Dirección de Verificación Aeroportuaria;
XVI.5. Dirección de Análisis de Accidentes e Incidentes de Aviación;
XVI.6. Dirección de Aeropuertos;
XVI.7. Dirección General Adjunta Técnica;
XVI.8. Dirección de Control;
XVI.9. Dirección de Desarrollo Estratégico;
XVI.10. Dirección de Administración de la Dirección General de Aeronáutica Civil;
XVI.11. Dirección de Tarifas de la Dirección General de Aeronáutica Civil;
XVII. Dirección General de Autotransporte Federal;
XVII.1. Dirección General Adjunta de Planeación y Desarrollo;
XVII.2. Dirección Jurídica;
XVII.3. Dirección de Supervisión de Autotransporte Federal;
XVII.4. Dirección de Normatividad;
XVII.5. Dirección de Sistemas y Operación;
XVIII. Dirección General de Transporte Ferroviario y Multimodal;
XVIII.1. Dirección General Adjunta de Regulación Económica;
XVIII.2. Dirección de Tarifas de la Dirección General de Transporte Ferroviario y Multimodal;
XVIII.3. Dirección de Regulación Técnica Operativa de Transporte Ferroviario;
XVIII.4. Dirección de Coordinación y Transporte Multimodal;
XVIII.5. Dirección de Administración de la Dirección General de Transporte Ferroviario y Multimodal;
XIX. Dirección General de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte;
XX. Dirección General de Política de Telecomunicaciones y de Radiodifusión;
XXI. Coordinación de la Sociedad de la Información y el Conocimiento;
XXII. Dirección General de Puertos;
XXIII. Dirección General de Marina Mercante;
XXIII.1. Capitanías de Puerto;
XXIII.2. Dirección General Adjunta de Protección y Seguridad Marítima;
XXIII.3. Dirección de Supervisión Operativa de las Capitanías;
XXIII.4. Dirección de Registro y Programas;
XXIV. Unidad de Planeación Estratégica Marítimo Portuaria;
XXV. Dirección General de Fomento y Administración Portuaria;
XXVI. Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto;
XXVII. Dirección General de Recursos Humanos;
XXVIII. Dirección General de Recursos Materiales;
XXIX. Dirección General de Evaluación;
XXX. Comisión Federal de Telecomunicaciones;
XXXI. Instituto Mexicano del Transporte;
XXXII. Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano, y
XXXIII. Centros SCT.
La Secretaría de Comunicaciones y Transportes contará con un órgano interno de control, que se regirá conforme al artículo 8o. de este Reglamento.
Structure Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes