Artículo 20o.- Pronósticos autoriza al Comercializador la utilización de los logotipos de su propiedad, los cuales deberán ser acordes en todo momento con los diseños y colores plasmados en el manual de identidad de Pronósticos. La presente autorización se entiende exclusivamente concedida a efecto de que el Comercializador señalice la fachada e interior de su agencia, razón por la cual queda expresamente prohibido el uso de los logotipos para fines distintos al antes mencionado.
Structure Reglamento de Comercializadores de Pronósticos para la Asistencia Pública