Reglamento de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil
Artículo 66

Artículo 66. Tratándose de los actos o resoluciones emitidos por las Autoridades Competentes, procederá el recurso de revisión, conforme a lo dispuesto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.