Artículo 38. Medidas de seguridad en los diferentes espacios del Centro de Atención:
Apartado A. En su entorno:
a) Tipo 1, Tipo 2, Tipo 3 y Tipo 4:
I. Revisar al menos una vez al año las paredes divisorias, si existieran, para detectar la aparición de fisuras, grietas, hundimientos, desplomes respecto a la vertical y desprendimientos de elementos fijados a ellas.
Apartado B. En los espacios exteriores del Centro de Atención:
a) Tipo 1:
I. De la zona de juegos se eliminarán todos aquellos elementos que al desprenderse o romperse puedan caer sobre los niños y niñas;
II. Inspeccionar los sistemas de drenaje y mantenerlos limpios de papeles y otros objetos que puedan dificultar el paso del agua, y
III. Las zonas de paso, patios y zonas de recreo no se podrán utilizar en ningún caso como zonas de almacenaje. Cuando por necesidad y siempre de forma transitoria se tuvieran que utilizar estas zonas para depositar objetos, se procurará que esto se realice fuera del horario escolar y en todo caso se tomarán todas las medidas necesarias para evitar accidentes.
b) Tipo 2:
I. Verificar que todos los pisos de superficie resbaladiza cuenten con bordes o cintas antiderrapantes;
II. Comprobar la correcta fijación de los elementos tales como tejas, placas y chapas, para la detección de fisuras o grietas, desprendimiento o rotura de los mismos;
III. Establecer políticas para el acceso de vehículos a la zona de estacionamiento debiendo ser independiente del acceso de los niños y niñas, y
IV. Los patios destinados a zonas de juegos y recreo no pueden utilizarse como zona de estacionamiento.
c) Tipo 3 y 4:
I. Los espacios exteriores estarán tratados en su totalidad con materiales adecuados según los usos. Dispondrán de las instalaciones correspondientes tales como drenajes, alumbrado, tomas de agua y señalizaciones, entre otros;
II. Los desniveles del terreno, muros de contención o elementos peligrosos como taludes, rampas y escaleras, estarán debidamente protegidos y señalizados;
III. Verificar que las zonas de acceso al Centro de Atención y el entorno al perímetro del mismo, se encuentren convenientemente iluminados y señalizados para garantizar la seguridad;
IV. Verificar que los caños de las fuentes o bebederos no sobresalgan de su base para evitar accidentes. El entorno de las fuentes estará pavimentado y con salidas de recogida de agua;
V. Preferentemente las acometidas deberán ser subterráneas, y
VI. De existir plantas de luz o transformadores en el Centro de Atención deben cumplirse los siguientes requisitos:
1. Que la acometida en alta o media no atraviese el terreno escolar, y siempre que sea posible vaya por terrenos de vía pública.
2. Su acceso será siempre desde el exterior, sin servidumbre de paso por el terreno escolar.
3. Sus instalaciones no estarán al alcance de los niños y niñas y personal no autorizado.
4. En ningún caso debe permitirse la instalación de tomas de corriente y contadores con origen en el transformador que implique la conducción eléctrica al aire libre que recorra los espacios del Centro de Atención.
5. El transformador debe estar aislado mediante un cerramiento perimetral, que debe estar en buen estado. En caso de deteriorarse debe notificarse de inmediato al responsable del suministro de electricidad, para proceder a su inmediata reparación.
Apartado C. Interiores y diseño del Centro de Atención:
a) Tipo 1:
I. Los acabados interiores de los Centros de Atención serán adecuados a la edad de los niños y niñas, evitando superficies rugosas, duras o agresivas, aristas en esquinas, resaltes de fábrica o desniveles, a menos que estén protegidos;
II. Todos los locales deberán tener luz y ventilación natural directa. Se exceptúan almacenes, cuartos de limpieza y de basura. Se recomienda la ventilación cruzada en las aulas para la renovación del aire, y
III. Las escaleras helicoidales están prohibidas. De preferencia, se deben evitar las escaleras con escalones compensados.
b) Tipo 2:
I. Los niños y niñas más pequeños de edad y aquéllos que presenten alguna condición de discapacidad estarán, de preferencia, situados en planta baja, y
II. Las mamparas o puertas acristaladas estarán protegidas contra golpes o roturas hasta una altura de 40 cm.
c) Tipo 3:
I. Los recubrimientos cerámicos no son aconsejables por su fragilidad. De existir éstos, deberá cuidarse que su rotura no ofrezca riesgo de corte a los niños y niñas, debiéndose reparar los que estén en mal estado;
II. El diseño de las barandillas debe ser muy robusto, con pasamanos sin interrupciones que puedan provocar lesiones por accidentes y sin barrotes horizontales que permitan subirse a los niños y niñas, y
III. Se recomienda usar pisos de terrazo, grano pequeño, pulido y abrillantado, en aulas y pasillos; pisos antideslizantes en aseos, vestuarios y cocinas.
d) Tipo 4:
I. El acristalamiento será como mínimo de luna de 6 mm;
II. Las puertas de las cabinas de los inodoros, de existir, deben permitir una discreta vigilancia desde el exterior y, sin dejar de tener cierre por el interior, permitir el desbloqueo desde fuera en casos de necesidad. Las hojas estarán separadas 18 cm del suelo;
III. Las manijas o tiradores serán curvados para evitar enganches de ropa y accidentes. Serán sólidos y resistentes, y
IV. Son adecuadas las ventanas de hojas correderas para evitar los golpes y accidentes, dispuestas de tal forma que sea posible la limpieza de los cristales desde el interior, con peto no inferior a 60 cm y con protección a la altura de 1,10 m del suelo.
Apartado D. Mobiliario y material en el Centro de Atención:
a) Tipo 1, Tipo 2, Tipo 3 y Tipo 4:
I. El mobiliario del Centro de Atención debe mantenerse en buenas condiciones de uso, retirándose aquel que pueda ser susceptible de causar daños o lesiones debido a su mal estado, y
II. Todo mobiliario con riesgo de caer sobre los niños y niñas o personal del Centro de Atención deberá estar anclado o fijo a pisos, muros o techos.
Structure Reglamento de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil