Reglamento de Escalafón de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
Articulo 20

ARTICULO 20. Tienen derecho a participar en el concurso para el ascenso escalofonario dentro del grupo al que pertenezcan todos los trabajadores de base que tengan un mínimo de seis meses ininterrumpidos de servicio, salvo por licencia con goce de sueldo, en el rango inmediato inferior al de la plaza vacante, cuando satisfagan los requisitos establecidos en la convocatoria respectiva.

 En el caso de vacantes rango f en la convocatoria correspondiente se determinarán los criterios para ocuparla tomando en cuenta las funciones a cargo de la plaza respectiva.