ARTICULO 11. La Comisión sesionará con la presencia de sus dos integrantes o sus suplentes y los votos serán nominales. El árbitro o su suplente votarán en caso de empate.
Los acuerdos serán tomados por unanimidad o mayoría de votos y firmados por los asistentes a la sesión, con el secretario que dará fe.
Structure Reglamento de Escalafón de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
Capitulo primero disposiciones generales
Capitulo segundo de la comision mixta de escalafon
Capitulo tercero del escalafon
Capitulo cuarto de la evaluacion de los factores
Capitulo quinto del procedimiento escalafonario
Capitulo sexto de las permutas
Capitulo septimo de las reconsideraciones