Artículo 25.- Las licitaciones públicas podrán llevarse a cabo a través del COMPRAIFAI, conforme a las disposiciones administrativas que emita el Instituto a través de la DGA, para ejercer el control de estos medios, salvaguardando la confidencialidad de la información que se remita por esta vía.
El sobre que contenga las proposiciones se entregará en la forma y medios que prevea la convocatoria a la licitación.
Las proposiciones presentadas deberán ser firmadas autógrafamente por los licitantes o sus apoderados; en el caso de que éstas sean enviadas a través de medios remotos de comunicación electrónica, se emplearán medios de identificación electrónica, los cuales producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio.
Los procedimientos que lleve a cabo el Instituto a través de la DGA, serán preferentemente mediante el mecanismo electrónico que ofrece el COMPRAIFAI, y sólo excepcionalmente por caso fortuito o fuerza mayor se recurrirá al mecanismo presencial. La procedencia para celebrar procedimientos de carácter mixto se definirá en las Pobalines.
En el caso de que exista una interrupción del COMPRAIFAI, el evento o etapa en que se encuentre el procedimiento se diferirá hasta que se restablezca el servicio o bien podrá continuar de manera presencial, previa solicitud del área requirente.
Structure Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos