ARTÍCULO 1o. El presente ordenamiento tiene por objeto reglamentar el...
ARTÍCULO 2o. Para efectos del presente Reglamento, se entenderá por:...
ARTÍCULO 3o. Los Insumos, Establecimientos, actividades y servicios regulados en...
ARTÍCULO 4o. La Secretaría, en el marco del Sistema Nacional...
ARTÍCULO 5o. La acción popular a que se refiere el...
ARTÍCULO 6o. La aplicación e interpretación del presente Reglamento corresponde...
ARTÍCULO 7o. Se consideran actos relacionados con el proceso de...
ARTÍCULO 8o. La Secretaría fijará las características que deberá reunir...
ARTÍCULO 9o. Las Normas que emita la Secretaría, de acuerdo...
ARTÍCULO 10. Los fabricantes de medicamentos deberán analizar, identificar, almacenar,...
ARTÍCULO 11. Los lotes de los Insumos se deberán identificar...
ARTÍCULO 12. En la producción de nuevos lotes de medicamentos...
ARTÍCULO 13. El agua que se utilice en la elaboración,...
ARTÍCULO 14. Los materiales, equipo, utensilios, materias primas y envases...
ARTÍCULO 15. Los Establecimientos que se destinen a la fabricación...
ARTÍCULO 16. Las especificaciones, técnicas analíticas y todos los documentos...
ARTÍCULO 17. En el transporte de los Insumos se observará...
ARTÍCULO 18. Las características físicas, químicas y de toxicidad para...
ARTÍCULO 19. Los envases que hayan contenido medicamentos no podrán...
ARTÍCULO 20. El sistema de envasado y los envases de...
ARTÍCULO 21. Los envases de los medicamentos deberán contar con...
ARTÍCULO 22. En los envases para Insumos en aerosol sólo...
ARTÍCULO 23. La Denominación Distintiva de los Insumos, además de...
ARTÍCULO 24. Las etiquetas deberán contener cuando menos la siguiente...
ARTÍCULO 24-bis. Además de lo previsto en el artículo anterior,...
ARTÍCULO 25. Cuando las etiquetas contengan las Denominaciones Genérica y...
ARTÍCULO 26. La etiqueta de los medicamentos destinados exclusivamente para...
ARTÍCULO 27. El etiquetado de los productos cuyo proceso se...
ARTÍCULO 28. La receta médica es el documento que contiene,...
ARTÍCULO 29. La receta médica deberá contener impreso el nombre...
ARTÍCULO 30. El emisor de la receta al prescribir, indicará...
ARTÍCULO 31. El emisor de la receta prescribirá los medicamentos...
ARTÍCULO 32. La prescripción en las instituciones públicas se ajustará...
ARTÍCULO 33. Los medicamentos que presenten en sus etiquetas o...
ARTÍCULO 34. No podrán venderse al público los medicamentos presentados...
ARTÍCULO 35. No podrán expenderse, en la modalidad de libre...
ARTÍCULO 36. La suspensión de la producción o comercialización de...
ARTÍCULO 37. Cuando la Secretaría cuente con evidencia de que...
ARTÍCULO 38. Las reacciones adversas de los medicamentos u otros...
ARTÍCULO 39. La investigación en materia de medicamentos, incluidos aquellos...
ARTÍCULO 40. La destrucción de Insumos que sean o contengan...
ARTÍCULO 41. Los Insumos que sean o contengan antineoplásicos, hormonas,...
ARTÍCULO 42. La destrucción o inactivación de los Insumos se...
ARTÍCULO 43. Para la distribución o venta de los productos...
ARTÍCULO 45. La guarda y custodia de materia prima o...
ARTÍCULO 46. Los Establecimientos públicos y privados que se destinen...
ARTÍCULO 47. La fabricación de los lotes de materia prima...
ARTÍCULO 48. La fabricación de materias primas o medicamentos de...
ARTÍCULO 49. Los productores que regularmente necesitan materias primas o...
ARTÍCULO 50. Únicamente podrán prescribir los medicamentos que sólo pueden...
ARTÍCULO 51. Los profesionales interesados en obtener el código de...
ARTÍCULO 52. Los profesionales autorizados conforme al artículo anterior, prescribirán...
ARTÍCULO 53. La pérdida o robo de los recetarios especiales...
ARTÍCULO 54. La posesión de medicamentos que contengan estupefacientes o...
ARTÍCULO 55. Los extranjeros que se internen al país y...
ARTÍCULO 56. Las embarcaciones o aeronaves con matrícula mexicana destinadas...
ARTÍCULO 57. Los medicamentos que sean o contengan estupefacientes o...
ARTÍCULO 58. Las fábricas o laboratorios que procesen o los...
ARTÍCULO 59. La importación, exportación y comercialización de materia prima...
ARTÍCULO 60. Los propietarios o los responsables de Establecimientos que...
ARTÍCULO 61. Se considera Medicamento Vitamínico al producto que en...
ARTÍCULO 62. Los Medicamentos Vitamínicos deberán contar con registro sanitario...
ARTÍCULO 63. Las pruebas de estabilidad de los medicamentos homeopáticos...
ARTÍCULO 64. En la formulación de un medicamento homeopático no...
ARTÍCULO 65. Los medicamentos homeopáticos podrán expenderse en Establecimientos que...
ARTÍCULO 66. Los medicamentos herbolarios, además de contener material vegetal,...
ARTÍCULO 67. No se consideran medicamentos herbolarios aquéllos que estén...
ARTÍCULO 68. En la formulación de un medicamento herbolario no...
ARTÍCULO 69. Cuando por el tamaño del Envase Primario no...
ARTÍCULO 70. Cuando por el tamaño del Envase Secundario no...
ARTÍCULO 71. La venta y suministro de los medicamentos herbolarios...
ARTÍCULO 72. Para efectos de lo dispuesto en el artículo...
ARTÍCULO 73. El Consejo de Salubridad General y la Secretaría,...
ARTÍCULO 74. (DEROGADO, D.O.F. 2 DE ENERO DE 2008)
ARTÍCULO 75. (DEROGADO, D.O.F. 2 DE ENERO DE 2008)
ARTÍCULO 76. (DEROGADO, D.O.F. 2 DE ENERO DE 2008)
ARTÍCULO 77. (DEROGADO, D.O.F. 2 DE ENERO DE 2008)
ARTÍCULO 78. (DEROGADO, D.O.F. 2 DE ENERO DE 2008)
ARTÍCULO 79. (DEROGADO, D.O.F. 2 DE ENERO DE 2008)
ARTÍCULO 80. (DEROGADO, D.O.F. 2 DE ENERO DE 2008) N....
ARTÍCULO 81. Para efectos del presente Reglamento, se considera biofármaco...
ARTÍCULO 81-bis. La farmacovigilancia de los medicamentos biotecnológicos deberá realizarse...
ARTÍCULO 82. Los equipos médicos, prótesis, órtesis, ayudas funcionales, agentes...
ARTÍCULO 83. La Secretaría clasificará para efectos de registro a...
ARTÍCULO 84. Los modelos nuevos de los Insumos para la...
ARTÍCULO 85. Cuando se requiera, según su naturaleza, verificar la...
ARTÍCULO 86. El alcohol etílico en la concentración 96º G.L....
ARTÍCULO 87. Los catálogos de los Insumos a que se...
ARTÍCULO 88. Se considera Remedio Herbolario al preparado de plantas...
ARTÍCULO 89. Las plantas utilizadas como materia prima para elaborar...
ARTÍCULO 90. La fabricación de los Remedios Herbolarios deberá realizarse...
ARTÍCULO 91. Para llevar a cabo la producción de los...
ARTÍCULO 92. La Secretaría al aprobar la documentación a que...
ARTÍCULO 93. Para realizar la distribución de Remedios Herbolarios se...
ARTÍCULO 94. Para obtener la clave alfanumérica de Remedios Herbolarios...
ARTÍCULO 95. Cuando la Secretaría tenga conocimiento de que una...
ARTÍCULO 96. La venta y suministro al público de los...
ARTÍCULO 97. La información de los Remedios Herbolarios con fines...
ARTÍCULO 98. Las disposiciones relativas a Etiquetas, Envases y transporte...
ARTÍCULO 99. Se consideran Establecimientos a los locales y sus...
ARTÍCULO 100. Los Establecimientos deberán cumplir, para su funcionamiento, con...
ARTÍCULO 101. Los Establecimientos deberán estar provistos de agua potable,...
ARTÍCULO 102. Los Establecimientos, de acuerdo con lo que establezcan...
ARTÍCULO 103. Los propietarios de los Establecimientos deberán cumplir con...
ARTÍCULO 104. Los propietarios de los Establecimientos cuidarán de la...
ARTÍCULO 105. Para proteger la salud y seguridad de los...
ARTÍCULO 106. Cuando el proceso de los Insumos requiera de...
ARTÍCULO 107. En los Establecimientos dedicados al proceso de los...
ARTÍCULO 108. Cuando el titular de una licencia sanitaria o...
ARTÍCULO 109. Los Establecimientos que se destinen al proceso de...
ARTÍCULO 110. Los procedimientos normalizados de operación contendrán la siguiente...
ARTÍCULO 111. Los procedimientos a que se refiere el artículo...
ARTÍCULO 112. Los Establecimientos que procesen penicilínicos, medicamentos que sean...
ARTÍCULO 113. Los establecimientos que fabriquen biofármacos y medicamentos biotecnológicos...
ARTÍCULO 114. Las droguerías, boticas y farmacias deberán cumplir con...
ARTÍCULO 115. Las fórmulas magistrales que no sean ni contengan...
ARTÍCULO 116. Los Establecimientos que vendan o suministren medicamentos sólo...
ARTÍCULO 117. El personal de una droguería, botica o farmacia,...
ARTÍCULO 118. Las droguerías, boticas y farmacias podrán comercializar vacunas,...
ARTÍCULO 119. Los propietarios o los responsables de Establecimientos destinados...
ARTÍCULO 120. Los Establecimientos tendrán una sola licencia sanitaria independientemente...
ARTÍCULO 121. Los responsables sanitarios de las fábricas o laboratorios...
ARTÍCULO 122. Los responsables sanitarios de los laboratorios de control...
ARTÍCULO 123. Los responsables sanitarios deberán supervisar que se cumpla...
ARTÍCULO 124. Los responsables sanitarios de las droguerías tendrán las...
ARTÍCULO 125. Los responsables sanitarios de farmacias y boticas deberán...
ARTÍCULO 125-bis. Los responsables sanitarios de los establecimientos destinados a...
ARTÍCULO 126. Cuando los responsables sanitarios dejen de prestar sus...
ARTÍCULO 127. Los Establecimientos determinarán autónomamente los horarios de los...
ARTÍCULO 128. En caso de ausencia temporal mayor de treinta...
ARTÍCULO 129. Los Establecimientos dedicados al proceso de fabricación, distribución...
ARTÍCULO 130. En el caso de los Establecimientos que comercialicen...
ARTÍCULO 130-bis 1. Se considera Centro de Mezcla, al establecimiento...
ARTÍCULO 130-bis 2. La preparación de las mezclas parenterales nutricionales...
ARTÍCULO 130-bis 3. Los Centros de Mezcla deberán contar con...
ARTÍCULO 130-bis 4. Los Centros de Mezcla que para preparar...
ARTÍCULO 131. Para importar medicamentos con fines de comercialización, se...
ARTÍCULO 132. La Secretaría podrá otorgar el permiso para la...
ARTÍCULO 133. Tratándose de materia prima o producto terminado de...
ARTÍCULO 134. Para recibir de la aduana materia prima o...
ARTÍCULO 135. Para la toma de muestras de estupefacientes o...
ARTÍCULO 136. Para retirar las fajillas a la materia prima...
ARTÍCULO 137. Cuando en la aduana autorizada se cuente con...
ARTÍCULO 138. Para la importación de productos biológicos y hemoderivados...
ARTÍCULO 138-bis. Para la liberación de medicamentos biotecnológicos de importación...
ARTÍCULO 139. La Secretaría requerirá que los certificados analíticos de...
ARTÍCULO 140. Sólo se permitirá la importación de Remedios Herbolarios...
ARTÍCULO 141. Los Establecimientos que importen equipo usado contarán con...
ARTÍCULO 142. Los Insumos de importación que se encuentren en...
ARTÍCULO 143. El importador deberá informar, a requerimiento de la...
ARTÍCULO 144. La Secretaría podrá, en todo tiempo, verificar la...
ARTÍCULO 145. Los productos o materias primas que, requiriendo permiso...
ARTÍCULO 146. Sin perjuicio de lo que dispongan otros ordenamientos,...
ARTÍCULO 147. Las importaciones de Insumos que realice el personal...
ARTÍCULO 148. No se autorizará la importación de Insumos cuyo...
ARTÍCULO 149. En caso de alerta sanitaria nacional o internacional,...
ARTÍCULO 150. Para obtener el certificado de exportación de Insumos,...
ARTÍCULO 151. Otorgado un permiso de exportación de estupefacientes y...
ARTÍCULO 152. Cuando el país importador rechace, por razones sanitarias,...
ARTÍCULO 152-bis. Los trámites de importación y exportación de los...
ARTÍCULO 153 Las autorizaciones sanitarias se solicitarán en los formatos...
ARTÍCULO 154. Cuando el presente Reglamento no especifique un plazo...
ARTÍCULO 155. Los plazos se suspenderán cuando la Secretaría requiera...
ARTÍCULO 156. La Secretaría podrá requerir, por escrito, información adicional...
ARTÍCULO 157. Las autorizaciones sanitarias otorgadas en los términos de...
ARTÍCULO 158. En las actividades, Establecimientos, Insumos y servicios objeto...
ARTÍCULO 159. Para obtener la autorización de los libros de...
ARTÍCULO 160. La vigencia máxima de las autorizaciones de importación...
ARTÍCULO 161. Los documentos provenientes de un país extranjero que...
ARTÍCULO 161-bis. La Secretaría podrá expedir disposiciones de carácter general...
ARTÍCULO 162. Para obtener la licencia sanitaria se presentará la...
ARTÍCULO 163. La autoridad sanitaria, para el otorgamiento de la...
ARTÍCULO 164. Las licencias de los Establecimientos que utilicen fuentes...
ARTÍCULO 165. La Secretaría, al otorgar el registro sanitario a...
ARTÍCULO 166. Las solicitudes de registro sanitario de medicamentos alopáticos...
ARTÍCULO 167. Para obtener el registro sanitario de un medicamento...
ARTÍCULO 167-bis. El solicitante del registro de un medicamento alopático...
ARTÍCULO 168. Para ser titular del registro sanitario de un...
ARTÍCULO 169. Para ser titular del registro sanitario de vacunas...
ARTÍCULO 170. Para obtener el registro sanitario de medicamentos alopáticos...
ARTÍCULO 171. Las fórmulas para alimentación enteral especializada requieren de...
ARTÍCULO 172. Los medicamentos vitamínicos requerirán de registro sanitario, para...
ARTÍCULO 173. Para obtener el registro de medicamentos homeopáticos de...
ARTÍCULO 174. Para obtener el registro de medicamentos herbolarios de...
ARTÍCULO 175. Para obtener el registro sanitario de medicamentos homeopáticos...
ARTÍCULO 176. Todo cambio de fabricación nacional a extranjera de...
ARTÍCULO 177. Para obtener el registro sanitario de medicamentos biotecnológicos...
ARTÍCULO 177-bis 1. Los estudios clínicos de los medicamentos biotecnológicos...
ARTÍCULO 177 Bis 2. Para obtener el registro sanitario de...
ARTÍCULO 177-bis 3. El alcance de las pruebas clínicas de...
ARTÍCULO 177-bis 4. Los estudios preclínicos y clínicos, en los...
ARTÍCULO 177 Bis 5. Un medicamento biotecnológico innovador o un...
ARTÍCULO 178. Cada lote de biomedicamento fabricado antes de ser...
ARTÍCULO 179. Para obtener el registro sanitario de los Insumos...
ARTÍCULO 180. Para el registro sanitario de los Insumos a...
ARTÍCULO 181. Para ser titular del registro sanitario de los...
ARTÍCULO 182. El registro de los Insumos a que se...
ARTÍCULO 183. Las personas distintas a los titulares del registro...
ARTÍCULO 184. Cualquier modificación que se pretenda efectuar a las...
ARTÍCULO 185. Deberán solicitar, conforme a lo dispuesto en la...
ARTÍCULO 186. La Secretaría resolverá las solicitudes de modificaciones a...
ARTÍCULO 187. Cuando se trate exclusivamente de modificaciones a los...
ARTÍCULO 188. La Secretaría resolverá las solicitudes de modificaciones a...
ARTÍCULO 189. En el oficio en el que se autorice...
ARTÍCULO 190. La cesión de derechos de un registro sanitario...
ARTÍCULO 190 Bis 1. Para obtener la primera prórroga del...
ARTÍCULO 190 Bis 2. Para obtener la primera prórroga del...
ARTÍCULO 190 Bis 3. Para obtener la primera prórroga del...
ARTÍCULO 190 Bis 4. Para obtener la primera prórroga del...
ARTÍCULO 190-bis 5. Al notificarse la resolución correspondiente a la...
ARTÍCULO 190 Bis 6. Las solicitudes de prórroga previstas en...
ARTÍCULO 190 Bis 7. Los titulares de los Registros Sanitarios...
ARTÍCULO 191. La revisión del registro sanitario de los Insumos...
ARTÍCULO 192. Antes de proceder a la revocación del registro...
ARTÍCULO 193. La Secretaría otorgará el permiso para la importación...
ARTÍCULO 194. En materia de importación la Secretaría podrá expedir...
ARTÍCULO 195. Para obtener el permiso de importación de materias...
ARTÍCULO 196. Para obtener el permiso de importación de medicamentos...
ARTÍCULO 197. Para obtener el permiso de adquisición en plaza...
ARTÍCULO 198. Para la importación de Remedios Herbolarios se deberá...
ARTÍCULO 199. Para la importación de los Insumos a que...
ARTÍCULO 200. Para la expedición del permiso previo de importación...
ARTÍCULO 201. Para la importación de los Insumos que contengan...
ARTÍCULO 202. En materia de exportación la Secretaría podrá expedir...
ARTÍCULO 203. Para obtener el permiso de exportación de materias...
ARTÍCULO 204. Para obtener el permiso de cambio de fabricación...
ARTÍCULO 205. Para obtener el cambio de fabricación extranjera a...
ARTÍCULO 206. La publicidad dirigida a profesionales de la salud...
ARTÍCULO 207. El aviso a que se refiere el artículo...
ARTÍCULO 208. Para la expedición de los certificados en apoyo...
ARTÍCULO 209. Para otorgar el certificado de libre venta de...
ARTÍCULO 210. La Secretaría publicará periódicamente convocatorias para la autorización...
ARTÍCULO 211. Para operar como Tercero Autorizado será necesario cumplir...
ARTÍCULO 212. Presentada la solicitud para la autorización de los...
ARTÍCULO 213. Los Terceros Autorizados deberán: I. Ajustarse a la...
ARTÍCULO 214. El resultado de las pruebas que realicen los...
ARTÍCULO 215. La Secretaría podrá, en cualquier tiempo, realizar visitas...
ARTÍCULO 216. En caso de que las condiciones a que...
ARTÍCULO 217. La Secretaría publicará periódicamente en el Diario Oficial...
ARTÍCULO 218. Las visitas de verificación se practicarán de conformidad...
ARTÍCULO 219. Corresponde a la autoridad sanitaria verificar que los...
ARTÍCULO 220. La asignación del Establecimiento o del lugar para...
ARTÍCULO 221. La orden de visita de verificación, entre otros...
ARTÍCULO 222. En el acta de verificación deberán hacerse constar...
ARTÍCULO 223. Cuando en las visitas de verificación a los...
ARTÍCULO 224. Si las condiciones sanitarias del Establecimiento, materias primas,...
ARTÍCULO 225. Las autoridades sanitarias competentes podrán ordenar la aplicación...
ARTÍCULO 226. La autoridad sanitaria sancionará a quien infrinja los...
ARTÍCULO 227. Se sancionará con multa hasta de quinientos días...
ARTÍCULO 228. Se sancionará con multa de quinientos hasta mil...
ARTÍCULO 229. Se sancionará con multa de mil hasta tres...
ARTÍCULO 230. Se sancionará con multa de tres mil a...
ARTÍCULO 231. Se sancionará con multa de seis mil a...
ARTÍCULO 232. Las infracciones no previstas en este Capítulo serán...