ARTÍCULO 78.- Son deberes y atribuciones del Jefe de la Sección de Tramite: I. Vigilar el correcto funcionamiento de la Sección a su cargo;
II. Desarrollar las actividades que correspondan al detall de un cuerpo de tropa;
III. Recibir, clasificar y registrar en el libro de entrada, todos los mensajes oficiales que se depositen en el centro para su transmisión; anotar en ellos las condiciones correspondientes y pasarlos a la Sección de Criptografía o de operación, según el caso.
IV. Asignar la prioridad que corresponda a los mensajes que no la tengan, de conformidad con las instrucciones que reciba del Jefe del centro;
V. Remitir por correo u otro medio conveniente, ajeno al servicio, todos aquellos mensajes que por requerirlo así deban ir por ese conducto hasta su destino final;
VI. Remitir a los alojamientos militares de los destinatarios, todos los mensajes que se reciban en el centro y registrarlos en el libro de salidas; y
VII. Comunicar a los signatarios de aquellos mensajes que hayan quedado en lista, que no fue localizado el destinatario.
Structure Reglamento General del Servicio de Transmisiones