ARTÍCULO 54.- Son deberes y atribuciones del Jefe de la mesa de operaciones:
I. Acordar con el Titular de la Jefatura del Servicio de Transmisiones de su región, todos los asuntos relacionados con la mesa a su cargo;
II. Planear y organizar las redes de transmisiones de la Región Militar y supervisar su instalación y operación;
III. Supervisar el adiestramiento del personal del Servicio de Transmisiones de su jurisdicción, para que se cumplan los planes respectivos ordenados por la Secretaria de la Defensa Nacional;
IV. Dar Directivas Técnicas al centro de Transmisiones de la Región para satisfacer las necesidades de contacto del Comandante de la Región;
V. Coordinar el trabajo de los centros de transmisiones adscritas a la región;
VI. Elaborar la documentación relativa a organización, operaciones y adiestramiento del personal del Servicio de Transmisiones de la región; y
VII. Coordinar sus actividades con la Sección Tercera del Estado Mayor de la Región.
Structure Reglamento General del Servicio de Transmisiones