ARTÍCULO 62.- Son deberes y atribuciones del Jefe de la mesa de información y operaciones:
I. Acordar con el Titular de la Jefatura del Servicio de Transmisiones de su Zona todos los asuntos relacionados con la mesa a su cargo;
II. Organizar y coordinar las actividades de inteligencia y seguridad de
Transmisiones de la jurisdicción de la Zona;
III. Proponer las normas de búsqueda y explotación de la información militar, para la planeación de las operaciones de transmisiones en la jurisdicción de la zona;
IV. Elaborar y mantener al día un registro completo y detallado de todos los sistemas de telecomunicaciones Federales y particulares en la jurisdicción de la zona;
V. Planear y organizar las redes de transmisiones de la Zona Militar y supervisar su instalación y operación;
VI. Supervisar el adiestramiento del personal del Servicio de Transmisiones de su jurisdicción para que se cumplan los planes respectivos, ordenados por la Secretaría de la Defensa Nacional;
VII. Dar Directivas técnicas al Centro de Transmisiones de la Zona para satisfacer las necesidades de contacto del Comandante de la Zona;
VIII. Coordinar los trabajos de los centros de transmisiones adscritos a la Zona;
IX. Elaborar la documentación relativa a organización, operaciones y adiestramiento del Servicio de Transmisiones de la zona; y
X. Coordinar sus actividades con las Secciones del Segunda y Tercera del Estado
Mayor de la zona u organismos que la sustituyan.
Structure Reglamento General del Servicio de Transmisiones