ARTÍCULO 52.- Son deberes y atribuciones del Jefe de la mesa de personal:
I. Acordar con el Titular de la Jefatura del Servicio de Transmisiones de su Región los asuntos relacionados con la mesa a su cargo;
II. Llevar el control y la documentación del personal del servicio de Transmisiones de la jurisdicción de su Región;
IV. Elaborar la documentación relativa al trafico de mensajes de la Región; y
IV. Coordinar sus actividades con la sección primera del Estado Mayor de la Región.
Structure Reglamento General del Servicio de Transmisiones