ARTÍCULO 28.- Son deberes y atribuciones del Jefe del Grupo organización, adiestramiento y operaciones:
I. Acordar con el Jefe de la Sección Operativa todos los asuntos relacionados con el grupo a su cargo;
II. Vigilar el correcto funcionamiento del grupo a su cargo;
III. Orientar y coordinar las actividades de las mesas que integran el grupo, a efecto de obtener su mayor rendimiento y eficacia;
IV. Planear y proponer todo lo relacionado con la organización de unidades y dependencias del Servicio;
V. Elaborar los planes de organización y operación de las redes de Transmisiones;
VI. Elaborar las normas para el funcionamiento de los sistemas de transmisiones, procedimientos de operación, distintivos de llamada, monogramas de los operadores y manuales de adiestramiento del Servicio de Transmisiones;
VII. Vigilar el cumplimiento de las normas a que se refiere la fracción anterior;
VIII. Asignar las frecuencias de operación para las redes de radio, dentro de las autorizadas por la Secretaria de Comunicaciones y Transportes;
IX. Tramitar los contratos de servicios telefónicos y las franquicias telegráficas para la
Secretaria de la Defensa Nacional;
X. Revisar los planes de estudio y adiestramiento de los órganos de Educación del Servicio de Transmisiones para proponer las modificaciones que estime pertinentes;
XI. Planear el adiestramiento del personal del Servicio de Transmisiones que no se encuentre efectuando estudios en alguno de sus órganos de Educación y vigilar el cumplimiento de los planes aprobados por la Secretaria de la Defensa Nacional, registrando el aprovechamiento del personal; y
XII. Mantener relaciones y coordinar actividades, con organismos oficiales y particulares a fines a la especialidad.
Structure Reglamento General del Servicio de Transmisiones