ARTÍCULO 64.- Son deberes y atribuciones del Jefe de la mesa de Personal y
Abastecimiento:
I. Acordar con el Titular de la Jefatura del Servicio de Transmisiones de su Zona todos los asuntos relacionados con la mesa a su cargo;
II. Llevar el control y la documentación del personal del Servicio de Transmisiones de la jurisdicción de la Zona
III. Elaborar la documentación relativa al trafico de mensajes de la zona;
IV. Planear y organizar el adiestramiento y evacuación del Servicio de Transmisiones, para satisfacer las necesidades de los órganos de ejecución del servicio dentro de la jurisdicción de la zona;
V. Supervisar el Mantenimiento del material de Transmisiones de los órganos de ejecución del servicio en la jurisdicción de la Zona;
VI. Llevar un estado de existencias del material del Servicio de Transmisiones en el parque adscrito a la Zona;
VII. Proponer las medidas de empleo y las modificaciones técnicas del material del
Servicio de Transmisiones en la Zona para asegurar su buen rendimiento;
VIII. Elaborar la documentación relativa a las actividades de abastecimiento y evacuación del material del Servicio de Transmisiones en la Zona; y
IX. Coordinar las actividades con las Secciones Primera y cuarta del Estado Mayor de la Zona u organismos que los sustituyan.
Structure Reglamento General del Servicio de Transmisiones