ARTÍCULO 3º.- Por esta sola vez y hasta entre tanto se disponga del personal dentro del cual se pueda seleccionar y nombrar, en los términos del articulo 13, al Director General, este cargo deberá ser desempeñado, por el General de Brigada o de División que designe el Secretario de la Defensa Nacional.
Structure Reglamento General del Servicio de Transmisiones