ARTICULO 84.- El premio se otorgará en cuatro grados y consistirá en medalla que será de clase correspondiente al grado:
I.- Primer grado, por 50 años de servicio;
II.- Segundo grado, por 40;
III.- Tercer grado, por 30, y
IV.- Cuarto grado, por 25.
Structure Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles