ARTICULO 110.- El Premio Nacional de Derechos Humanos consistirá en diploma, medalla y numerario, será entregado anualmente por el Presidente de la República y el titular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
(ADICIONADO, D.O.F. 15 DE JUNIO DE 2004)
Structure Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles