ARTICULO 116.- El Premio Nacional de Seguridad Pública es el galardón con el que el Gobierno de la República reconoce el trabajo destacado, la entrega en el servicio, la constancia y el desarrollo de las personas que realizan su mejor esfuerzo para desempeñar su actuación de acuerdo con los principios constitucionales en materia de seguridad pública y que son los de legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez.
(ADICIONADO, D.O.F. 15 DE JUNIO DE 2004)
Structure Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles