ARTICULO 61.- Por cada año habrá una asignación de premios determinados atendiendo a lo establecido en la ley y con base en las definiciones del jurado y del Consejo de Premiación, si ocurrieren vacantes de los premios en alguno de los campos, modalidades o categorías, así lo declarará el consejo de premiación, fundando y motivando tal determinación.
N. DE E., DEL ANÁLISIS PARA LA APLICACIÓN DE LA REFORMA DEL D.O.F. 26 DE DICIEMBRE DE 2013, SE ADVIERTE QUE EL TEXTO ANTERIOR DEL ARTÍCULO CONSTABA DE TRES PÁRRAFOS.
Structure Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles