Reglamento de Escalafón de los Trabajadores de Base de la Secretaría de Marina
Articulo 66

ARTICULO 66.- Las subcomisiones de competencia para los trabajadores del sector foráneo, serán integradas por el jefe de la dependencia respectiva a la que corresponda el trabajador que presentó solicitud de ascenso, el Delegado de la Sección Sindical correspondiente y un tercero nombrado por ambas partes. Los casos de inconformidad serán resueltos por la Comisión Mixta de Escalafón, quien tendrá facultades para integrar las subcomisiones de competencia.