Reglamento de Escalafón de los Trabajadores de Base de la Secretaría de Marina

CAPITULO I

ARTICULO 1o.- Por el presente Reglamento se establecen las normas...

ARTICULO 2o.- Los movimientos escalafonarios de los trabajadores de base...

ARTICULO 3o.- Las disposiciones de este Reglamento son obligatorias para...

ARTICULO 4o.- Este Reglamento no es aplicable a las personas...

ARTICULO 5o.- En el presente Reglamento no se considerará a...

ARTICULO 6o.- Para la aplicación de las disposiciones del Estatuto...

ARTICULO 7o.- Cuando por necesidades del servicio se creen nuevas...

ARTICULO 8o.- Los trabajadores de base de la Secretaría de...

ARTICULO 9o.- Para la capacitación de los trabajadores de la...

ARTICULO 10.- Sólo podrán aplicar derechos para empleos de mayor...

ARTICULO 11.- La Secretaría de Marina podrá cubrir las vacantes...

ARTICULO 12.- Los trabajadores de base podrán abstenerse libremente de...

ARTICULO 13.- Los trabajadores de base designados para ocupar un...

ARTICULO 14.- Los empleados con carácter provisional pueden aplicar derechos...

ARTICULO 15.- Cuando un trabajador de base que ocupe un...

CAPITULO II

ARTICULO 16.- El Escalafón General de los Trabajadores de la...

ARTICULO 17.- El Escalafón de los trabajadores de la Secretaría...

ARTICULO 18.- Cada uno de los sectores a que se...

ARTICULO 19.- El grupo A lo integran los trabajadores de...

ARTICULO 20.- El expediente escalafonario de los trabajadores de la...

ARTICULO 21.- La Dirección General de Cuenta y Administración de...

ARTICULO 22.- Los profesionistas integrarán un solo escalafón en la...

ARTICULO 23.- La Comisión Mixta de Escalafón resolverá todos los...

ARTICULO 24.- Los movimientos de ascenso se sujetarán a las...

ARTICULO 25.- Las pruebas de competencia de los trabajadores consistirán...

ARTICULO 26.- Los exámenes de competencia de los trabajadores serán...

ARTICULO 27.- Para los efectos del movimiento escalafonario de los...

ARTICULO 28.- El resultado de las pruebas se dará a...

ARTICULO 29.- La Comisión Mixta de Escalafón calificará y resolverá...

ARTICULO 30.- Hecha la calificación de los derechos escalafonarios la...

ARTICULO 31.- Los fallos de la Comisión Mixta de Escalafón...

ARTICULO 32.- Ningún trabajador de base podrá aplicar derechos escalafonarios...

ARTICULO 33.- Los descensos de los trabajadores sólo procederán en...

CAPITULO IV

ARTICULO 34.- Los derechos escalafonarios de los trabajadores de la...

ARTICULO 35.- La antigüedad en el servicio tendrá por objeto...

ARTICULO 36.- Los trabajadores de base tienen derecho a ocurrir...

ARTICULO 37.- Para los trabajadores de nuevo ingreso los derechos...

ARTICULO 38.- Los trabajadores supernumerarios, a contrato y a lista...

ARTICULO 39.- Los trabajadores de base pertenecientes a un grupo...

ARTICULO 40.- Los derechos escalafonarios se suspenden en los siguientes...

ARTICULO 41.- Los derechos se pierden por los siguientes motivos:...

ARTICULO 42.- La antigüedad de los trabajadores deberá computarse a...

ARTICULO 43.- Si un trabajador no está conforme con el...

ARTICULO 44.- Constituyen notas de demérito para los derechos escalafonarios...

CAPITULO V

ARTICULO 45.- Las permutas se autorizarán entre empleados que tengan...

ARTICULO 46.- Las permutas concertadas entre empleados de categorías diversas...

ARTICULO 47.- Las permutas concertadas entre empleados de una misma...

ARTICULO 48.- Las solicitudes de permutas serán remitidas directamente a...

ARTICULO 49.- Los interesados en una permuta podrán desistirse de...

CAPITULO VI

ARTICULO 50.- Cuando por motivos de salud un trabajador desee...

ARTICULO 51.- Cuando por circunstancias que pongan en peligro la...

CAPITULO VII

ARTICULO 52.- De conformidad con lo dispuesto por el segundo...

ARTICULO 53.- Los representantes del titular de la Secretaría de...

ARTICULO 54.- La Comisión Mixta de Escalafón tendrá el carácter...

ARTICULO 55.- Los acuerdos que adopte la Comisión Mixta de...

ARTICULO 56.- Son atribuciones de la Comisión Mixta de Escalafón:...

ARTICULO 57.- Todos los asuntos de la Comisión Mixta de...

ARTICULO 58.- La Comisión Mixta de Escalafón celebrará plenos ordinarios...

ARTICULO 59.- Los plenos de la Comisión Mixta de Escalafón...

ARTICULO 60.- Para que los plenos de la Comisión Mixta...

ARTICULO 61.- La Comisión Mixta de Escalafón se sujetará en...

ARTICULO 62.- Las votaciones serán por representaciones y no por...

ARTICULO 63.- Las resoluciones de la Comisión Mixta de Escalafón...

ARTICULO 64.- La Comisión Mixta de Escalafón de la Secretaría...

CAPITULO VIII

ARTICULO 65.- La Comisión de competencia se integrará en la...

ARTICULO 66.- Las subcomisiones de competencia para los trabajadores del...

ARTICULO 67.- La Comisión y subcomisiones de competencia podrán solicitar...

ARTICULO 68.- Una vez cerrado el registro de concursantes, la...

ARTICULO 69.- Los miembros de la Comisión de competencia o...

ARTICULO 70.- Son atribuciones de la Comisión de Competencia las...