Artículo 9.- Los Integrantes de la Comisión, además de las funciones que se establecen en la Ley y su Reglamento, tendrán las siguientes obligaciones y derechos:
I. Aprobar la celebración de acuerdos y convenios;
II. En el ámbito de sus respectivas competencias observar el cumplimiento y ejecución del Programa Nacional;
III. Presentar asuntos y temas que puedan ser turnados a la Subcomisión Consultiva, y
IV. Promover y ejecutar, en el ámbito de sus respectivas competencias, la coordinación e implementación de las acciones que sean necesarias para el cumplimiento de los acuerdos tomados por la Comisión.
Structure Reglamento Interno de la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos
Artículo 9