Reglamento Interno de la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos
Artículo 18

Artículo 18.- La Comisión sesionará de forma ordinaria cuando menos dos veces al año, previa convocatoria de la Secretaría Técnica y de acuerdo al calendario establecido al efecto, sin perjuicio de que se realicen sesiones extraordinarias cuando existan circunstancias que lo ameriten, en los términos que señala el presente Reglamento Interno.

Existe quórum para llevar a cabo las sesiones cuando se encuentre presente el Presidente y cuando menos la mitad de los Integrantes de la Comisión.