Reglamento Interno de la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos
Artículo 31

Artículo 31.- El coordinador de cada Grupo de Trabajo deberá elaborar un programa de actividades, que contendrá cuando menos:

I.        El tema a desarrollar, su objetivo, cronograma de trabajo y los resultados esperados;

II.       Metas cuantitativas, cualitativas a corto y mediano plazo, y

III.      Los mecanismos de evaluación.

Con base en estos elementos se llevará a cabo la evaluación del desempeño del Grupo de Trabajo.