Reglamento Interno de la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos
Artículo 30

Artículo 30.- Los acuerdos de los Grupos de Trabajo se tomarán por mayoría de votos de los integrantes presentes, en caso de empate el coordinador del Grupo de Trabajo tendrá voto de calidad.

Dichos acuerdos serán enviados por el Coordinador al Presidente por conducto de la Secretaría Técnica, a fin de que sean sometidos para aprobación de la Comisión.