Artículo 7.- La Secretaría se apoyará en la Unidad para efectos de programar, dirigir, coordinar, evaluar y dar seguimiento a la operación y funcionamiento del Sistema.
Dicha Unidad será la responsable de la dirección y coordinación de los Subsistemas de Planeación de los Recursos Humanos; de Ingreso; de Desarrollo Profesional; de Capacitación y Certificación de Capacidades; de Evaluación del Desempeño; de Separación, y de Control y Evaluación, en términos del reglamento interior de la Secretaría.
La definición de la operación integral de los subsistemas a que se refiere el párrafo anterior será responsabilidad de las unidades administrativas siguientes:
I. Dirección General de Planeación, Organización y Compensaciones de la Administración Pública Federal;
II. Dirección General de Ingreso, Capacitación y Certificación;
III. Dirección General de Atención a Instituciones Públicas en Recursos Humanos;
IV. Dirección General de Evaluación de Sistemas de Profesionalización, y
V. Las demás unidades administrativas que al efecto se determinen.
Structure Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal