Artículo 66.- Sin perjuicio de las disposiciones jurídicas de carácter administrativo, en lo no previsto por esta Ley o su Reglamento, se consideran mercantiles las actividades objeto de permiso o concesión, que se regirán por el Código de Comercio y, de modo supletorio, por las disposiciones del Código Civil Federal.
Structure Ley de Energía Geotérmica