ARTÍCULO 68. Los documentos que el contador público autorizado elabore con motivo de su revisión y que el patrón deberá presentar al Instituto se integrarán por registro patronal en un solo legajo que contendrá carta de presentación del dictamen, cuaderno de dictamen y anexos.
La carta de presentación se elaborará conforme al formato publicado en el Diario Oficial de la Federación, cuya reproducción podrá realizarse en la forma y términos que señale el Instituto y deberá contener la firma autógrafa del patrón o de su representante legal, así como del contador público autorizado que dictamina.
Structure Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores