Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
Artículo 54

ARTÍCULO 54. Cuando el patrón deje de tener relación laboral con un trabajador al que el Instituto le haya otorgado crédito de vivienda, podrá informarle a dicho trabajador del derecho que tiene a solicitar una prórroga para el pago del crédito citado.