ARTÍCULO 178.- Los Comandantes de Zona rendirán esta protesta ante el Secretario o Subsecretario de la Defensa Nacional; sin no se encuentran en el lugar de residencia de estos funcionarios, lo harán por escrito en la siguiente forma:
“De conformidad con lo preceptuado en los artículos 128 constitucional y 178 del Reglamento de Ceremonial Militar, protesto...............”
Terminando con la frase:
“Si no lo hiciere así, la Nación me lo demande”.
Estructura Reglamento de Ceremonial Militar