ARTÍCULO 92.- A los Generales de Brigada y Brigadieres les corresponden en las tropas a sus órdenes, la formación de las Guardias con las armas descansadas, en una fila sin salir del puesto, correspondiendo a los primeros dos llamadas de honor y una a los segundos. Al arribo de un General de Brigada o Brigadier a una plaza guarnecida por tropas que estén bajo su mando, se les recibirá en la forma que se prescriben en el artículo anterior.
Structure Reglamento de Ceremonial Militar