ARTÍCULO 121.- Al sepelio de un General de División, de Brigada o Brigadier con mando de tropas, concurrirán las que hubieren tenido a sus órdenes al fallecer, armadas y llevando las banderas o estandartes y los instrumentos de banda enlutados. Se nombrará una guardia que se establecerá cerca de la cámara mortuoria colocando dos centinelas a la entrada del salón.
Sus Ayudantes o Jefes y Oficiales del Cuerpo, alternando con los Generales, Jefes y Oficiales de la Guarnición, harán guardias por turnos de a cuatro, a los lados del féretro.
Estructura Reglamento de Ceremonial Militar