ARTÍCULO 162.- La obligación de saludar es mutua; en todo caso el inferior será el primero en saludar. El superior esta obligado a contestar el saludo y exigir que inferior cumpla con este deber. El saludo entre iguales contribuye a afirmar la buena inteligencia que debe reinar entre todos los miembros del Ejército, y constituye, además, un elemental deber de cortesía. En todo caso el primero en saludar es el que dará muestras de mayor educación.
Structure Reglamento de Ceremonial Militar