ARTÍCULO 157.- Cuando un superior entre a algún local donde estén inferiores, el que primero lo vea avisará al de mayor categoría, y si no lo hubiere, dará la voz de firmes, debiendo todos tomar esta posición. Esto se hará solamente una vez por la mañana y otra por la tarde y siempre que no estuviere presente un militar de grado igual o superior al que llegue, sin perjuicio de observarse en tal caso las reglas de urbanidad.
Estructura Reglamento de Ceremonial Militar