ARTÍCULO 61.- En los Cuerpos de Caballería, cuando estén montados o de Artillería, con material, el C. Presidente y sus ayudantes se presentarán a caballo, efectuándose la ceremonia con las mismas formalidades, con la diferencia de que las tropas presentarán el sable o pondrán la carabina en guardia, cuando no vayan armadas de sable y de que las distancias e intervalos prevenidos se contarán en metros.
Structure Reglamento de Ceremonial Militar