ARTÍCULO 33.- Cuando se trate de reponer un bandera, se observarán las formalidades prescritas en los artículos 25, 26 y 27; pero antes de recibir la nueva, se entregará la que cause baja con las formalidades siguientes:
El Cuerpo formará según el arma, de acuerdo con lo prevenido en el capítulo anterior, con su bandera o estandarte. El C. Presidente de la República o su representante será recibido con los honores correspondientes y colocándose al frente y centro del Cuerpo a la distancia prevenida y teniendo a su izquierda al Comandante del mismo, éste mandará tocar “Atención”, “Presentar las armas” y “Bandera”; a este toque, el Ayudante conducirá al abanderado con la escolta y lo colocará a la izquierda del Comandante del Cuerpo; el abanderado saludará con la bandera al Cuerpo y enseguida la moverá tres veces a la derecha e izquierda, en señal de despedida. Luego la pasará al Comandante del mismo y éste la entregará, con su historial, al Primer Magistrado, quien la pondrá en manos del Jefe u Oficial designado por la superioridad, para que éste la entregue, junto con el mencionado historial, adonde la Secretaría de la Defensa Nacional lo haya ordenado.
Estructura Reglamento de Ceremonial Militar
Artículo 33