ARTICULO 7°.- Los actos y espectáculos que organice la Secretaría de Educación Pública tendrán primacía y podrán ser gratuitos u onerosos; en este caso, los productos ingresarán a la partida recobrable que al efecto contenga el Presupuesto del Ramo.
Structure Reglamento para el Uso del Teatro del Palacio de Bellas Artes