ARTICULO 1°.- El Teatro del Palacio de Bellas Artes se destinará exclusivamente a espectáculos artísticos y culturales de calidad superior. Queda, en consecuencia, terminantemente prohibida la celebración de actos que no participen de aquellos caracteres y que no contribuyan al fomento de la cultura artística o científica del país.
Structure Reglamento para el Uso del Teatro del Palacio de Bellas Artes