ARTICULO 10.- Con objeto de dictaminar acerca de las solicitudes de concesión para el uso del Teatro con espectáculos onerosos, se constituye una “Comisión de Música y Teatro”, integrada por el Director General de Educación Estética, el Jefe del Departamento de Teatro, y el Jefe del Departamento de Música de la Secretaría de Educación Pública; y cuatro delegados designados respectivamente por el C. Presidente de la República, el Jefe del Departamento del Distrito Federal, las organizaciones y asociaciones de escritores y cronistas de Teatro y Música y los Gerentes o Promotores de empresas permanentes de espectáculos, cuyas actividades estén relacionadas con las finalidades a que se destina el Teatro del Palacio de Bellas Artes.
Structure Reglamento para el Uso del Teatro del Palacio de Bellas Artes
Articulo 10