Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Ordenamiento Ecológico
Artículo 66

Artículo 66.- La Secretaría emitirá lineamientos para establecer:

I.     Métodos, procedimientos e instrumentos para la formulación, aplicación, expedición, ejecución, evaluación y modificación de los programas de ordenamiento ecológico;

II.   Medidas que promuevan el cumplimiento de las estrategias ecológicas contenidas en los programas de ordenamiento ecológico; y

III.  Las demás que fomente la integración y transparencia del Subsistema.