Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Ordenamiento Ecológico
Artículo 20

Artículo 20.- La Secretaría integrará un grupo de trabajo intersecretarial para el ordenamiento ecológico general del territorio, en el que estarán representadas las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal cuyas atribuciones incidan en el patrón de ocupación del territorio.