Artículo 54.- En la consecución de los principios, objetivos y metas de la Política Social, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal promoverán la participación de los beneficiarios, de las instituciones de educación públicas y privadas, organizaciones campesinas y de trabajadores, sociedades cooperativas, comunidades, organizaciones de la sociedad civil y demás formas de organización de los sectores social y privado legalmente reconocidas.
Structure Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social