CAPÍTULO X
Artículo 67.- El Gobierno Federal impulsará la creación de contralorías...
Artículo 68.- Las reglas de operación de los programas de...
Artículo 69.- La contraloría social estará integrada y deberá ejercerse...
Artículo 70.- Las contralorías sociales deberán registrarse ante la dependencia...
Artículo 71.- Las contralorías sociales emitirán informes anuales respecto de...
Artículo 72.- El Consejo Nacional de Evaluación deberá informar anualmente...
Artículo 73.- Los esquemas de contraloría social que se instrumenten,...
Artículo 74.- Las funciones de contraloría social en ningún caso...