Reglamento Interno para el Funcionamiento de los Comités Técnicos Estatales
Artículo 13

Artículo 13. Los invitados podrán:

· Asistir y participar activamente en las sesiones del Comité.

· Proponer al Pleno del Comité, las modificaciones pertinentes a las Reglas de Operación y a los Manuales de Procedimientos Específicos, de acuerdo a las necesidades operativas y a la mejora continua de la operación, para que en caso de ser aprobadas por el Pleno se turnen al Comité Técnico de la Coordinación Nacional, por conducto del Secretario Técnico.

IV. POLITICAS DE OPERACION DEL COMITE TECNICO ESTATAL