Artículo 12. Las funciones de los integrantes Titulares del Comité, son las siguientes:
1. Presidente
· Presidir las sesiones del Comité.
· Someter a consideración del Pleno el calendario anual de sesiones, para su aprobación.
· Proponer, en su caso, reuniones extraordinarias.
· Convocar por conducto del Secretario Técnico a las sesiones ordinarias y extraordinarias.
· Emitir el voto de calidad, cuando así se requiera.
· Someter los acuerdos a consideración de los integrantes del Comité.
· Firmar las actas de las sesiones.
· Promover y vigilar el cumplimiento de los acuerdos.
· Proponer recomendaciones al Pleno del Comité y, en su caso, al Comité Técnico de la Coordinación Nacional.
· Lo demás que le encomiende el Pleno del Comité.
2. Secretario Técnico
· Proponer y elaborar el contenido del orden del día de las sesiones, en acuerdo con el Presidente.
· Solicitar, validar e integrar las carpetas de las sesiones con los soportes documentales correspondientes.
· Proponer al Comité el calendario anual de sesiones, previa conformidad del Presidente.
· Dar lectura para aprobación o, en su caso, modificación, al orden del día.
· Presentar para su aprobación o, en su caso, modificación, el acta de la sesión anterior.
· Dar seguimiento a los acuerdos del Comité.
· Atender la organización y coordinación general del Comité.
· Emitir la convocatoria para las sesiones ordinarias y extraordinarias a los integrantes del Comité, previa anuencia del Presidente.
· Apoyar al Presidente en la conducción de las sesiones del Comité.
· Notificar a todos los integrantes del Comité Técnico Estatal e invitados el orden del día, lugar, hora y fecha en que tendrá verificativo la sesión.
· Solicitar por escrito a los vocales titulares o suplentes, el informe de atención a los acuerdos del Comité y/o del Comité Técnico de la Coordinación Nacional, que les correspondan, a fin de que se integren a la carpeta respectiva.
· Dar a conocer los acuerdos emanados del Comité Técnico de la Coordinación Nacional que recaen en el ámbito del Comité Técnico Estatal y dar seguimiento a su cumplimiento.
· Elaborar las actas registrando los acuerdos que se tomen en las sesiones.
· Firmar y recabar las firmas de los participantes, en el acta de las sesiones.
· Entregar copia de las actas de las sesiones, a los integrantes del Comité, en un término no mayor de diez días hábiles, posteriores a la celebración de las mismas.
· Capturar el acta de las sesiones en el SSECTE.
1. En versión preliminar, en un plazo máximo de 10 días hábiles posteriores a la fecha en que se realizó la sesión.
2. En versión definitiva, una vez aprobada y firmada por el Pleno de Comité, en un plazo máximo de 5 días hábiles posteriores a la sesión.
· Resguardar las actas y los archivos documentales tanto físicos como electrónicos de las sesiones.
· Lo demás que le encomiende el Pleno del Comité o su Presidente.
3. Vocales titulares
· Asistir y participar activamente en las sesiones del Comité.
· Emitir su opinión sobre los asuntos que se traten en las sesiones del Comité.
· Cumplir con los acuerdos tomados en el ámbito de su competencia.
· Cumplir con los asuntos que se encomienden a la Institución que representa e informar sobre el avance de los mismos.
· Presentar los informes que le sean solicitados.
· Coordinar las comisiones y grupos de trabajo, que le encomiende el Pleno del Comité.
· Participar en las comisiones y grupos de trabajo que les sean asignados.
· Proponer al Pleno del Comité, las modificaciones pertinentes a las Reglas de Operación y a los Manuales de Procedimientos Específicos, de acuerdo a las necesidades operativas y a la mejora continua de la operación, para que en caso de ser aprobadas por el Pleno se turnen al Comité Técnico de la Coordinación Nacional, por conducto del Secretario Técnico.
· Solicitar, en su caso, reuniones extraordinarias.
· Enviar al Secretario Técnico, con 10 días hábiles previos a la celebración de la sesión respectiva, un informe sobre la atención de los acuerdos del Comité y del Comité Técnico de la Coordinación Nacional que les corresponda, para integrarse a la carpeta de la sesión del Comité, para su análisis y resolución.
· Cumplir los acuerdos emanados del Comité Técnico de la Coordinación Nacional.
· Firmar las actas de las sesiones.
· Lo demás que el Comité les encomiende.
Structure Reglamento Interno para el Funcionamiento de los Comités Técnicos Estatales